La Sociedad Estatal ha adoptado voluntariamente las siguientes normas técnicas internacionales que aplica a diversos aspectos de su gestión y operativa:
Norma UNE-EN 13850:2013- Medición del plazo de entrega, extremo a extremo, para envíos individuales de correo prioritario y de primera clase: especifica el método que se debe aplicar para medir el plazo de entrega extremo a extremo de la carta ordinaria, es decir, desde que la carta se deposita en el punto de admisión hasta que se entrega a su destinatario. Se aplica a los servicios prestados a clientes particulares/hogares y empresas que envían correo desde los buzones o desde las oficinas. Para la medición del correo depositado en centros de admisión masiva, debe tenerse en cuenta, asimismo, la norma UNE-EN14534:2004 de medición del plazo de entrega extremo a extremo del correo masivo.
Norma UNE-EN 14534:2018 de "Medición del plazo de entrega para servicios extremo a extremo para correo masivo".
Informe Técnico UNE-CEN/TR 15472:2008- Medición del plazo de entrega para paquetes mediante el uso de un sistema de seguimiento y localización: es un informe técnico que no tiene rango de Norma Europea. Contiene principios y requisitos mínimos de aplicación para la medición de la calidad en plazo de entrega de paquetes nacionales y transfronterizos, utilizando un sistema de seguimiento y localización. Está en proceso de revisión.
Norma UNE-EN 14012:2019- Calidad del servicio. Medición de reclamaciones y procedimientos de indemnización: especifica los principios para la gestión de las reclamaciones tanto del
servicio universal como no universal y proporciona orientaciones sobre los procedimientos de indemnización.
UNE-EN ISO 10002-Gestión de la calidad. Satisfacción del cliente. Directrices para el tratamiento de las quejas en las organizaciones.
La correcta aplicación de la Norma UNE-EN 13850:2013 exige el cumplimiento de los siguientes requisitos:
• La organización a cargo de la medición debe ser externa sin vínculo alguno de propiedad o control con los operadores postales monitorizados.
• El plazo de entrega de un envío postal debe medirse en unidades de días y expresarse como D+n días. El día de depósito D es la fecha de la siguiente recogida tras el depósito. El estimador utilizado es P que representa la probabilidad que tienen las cartas de llegar en un plazo determinado con un intervalo de confianza del 95%.
• Para cada estimador debe especificarse el error estadístico asociado que deberá evaluarse calculando su varianza y el factor de diseño correspondiente. Además de la aproximación normal para el cálculo del error ya contenida en la versión anterior de la norma, la nueva versión del año 2013 incluye aproximaciones adicionales (aproximación Agresti-Coull y aproximación Beta Inversa).
• El sistema de medición debe ser continuo cubriendo todos los días de recogida de la semana. No deben descontarse días en los que no haya funcionamiento del operador postal ni días de huelga o conflicto laboral. Sin embargo, en caso de fuerza mayor, puede considerarse la deducción del periodo correspondiente que debe ser autorizada por la autoridad reguladora, indicarse en el informe y estar sujeta a auditoría.
• Los plazos de entrega deben calcularse para la semana laboral de acuerdo con la siguiente regla de cálculo Pautas para el cálculo de plazos de entrega.
• Para calcular este plazo de entrega se deben utilizar cartas de prueba (cartas-test) depositadas por panelistas-remitentes y dirigidas a panelistas-destinatarios.
Cuando la muestra no se ajusta a los flujos de correo real, los resultados deben ponderarse para que reflejen la calidad del correo real.